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Metodología

Transparencia total: así es como funciona nuestra calculadora.

Base legal

Toda la información de nuestra calculadora se basa en la legislación vigente:

  • RD-ley 9/2025 (BOE-A-2025-15741) — Regula el permiso por nacimiento y cuidado del menor. 19 semanas por progenitor. Ver en el BOE →
  • Estatuto de los Trabajadores, artículos 37 y 48 — Permisos laborales por nacimiento.
  • Ley General de la Seguridad Social — Prestaciones económicas por nacimiento.

Cómo se calculan las fechas

Semanas obligatorias (6)

Las 6 primeras semanas tras el nacimiento son obligatorias, ininterrumpidas y a jornada completa para ambos progenitores. Se calculan sumando 42 días naturales a la fecha de nacimiento.

Semanas voluntarias (11)

Las 11 semanas restantes se pueden distribuir desde el fin de las obligatorias hasta que el menor cumpla 12 meses:

  • De forma continua o en periodos semanales
  • A jornada completa o parcial (mínimo 50%)
  • De forma simultánea o sucesiva entre ambos progenitores

Semanas adicionales (2)

Se añaden 2 semanas al permiso en caso de discapacidad del hijo/a. Se suman al periodo voluntario.

Cómo se calcula la prestación económica

La prestación equivale al 100% de la base reguladora, calculada así:

  1. 1 Se toma la base de cotización del mes anterior al inicio del descanso
  2. 2 Se divide entre 30 (días del mes)
  3. 3 Se multiplica por los días de prestación

Exenta de cotización a la Seguridad Social, pero sí tributa en el IRPF.

Festivos

Los festivos se obtienen de los boletines oficiales del Estado y de cada comunidad autónoma:

  • Festivos nacionales (publicados en el BOE)
  • Festivos autonómicos (publicados en los boletines oficiales de cada CCAA)

Última actualización: Marzo 2026

Los datos se revisan cuando se publican cambios legislativos o nuevas convocatorias autonómicas.

Limitaciones

Esta calculadora es una herramienta informativa y orientativa. No sustituye:

  • La consulta con la Seguridad Social
  • El asesoramiento de un profesional cualificado
  • Lo dispuesto en tu convenio colectivo, que puede mejorar las condiciones legales mínimas